jueves, 26 de agosto de 2010

Asociación cannabica

La FAC, en el mes de febrero, presentó en la feria Spannabis las bases para poder crear un Club de Consumidores de Cannabis. Nos han facilitado un guión para el que pueda estar interesado tenga una mayor información.



La primera parte es una guía de 18 páginas elaborada para la ocasión, titulada “Cómo crear un Club Social de Cannabis. Guía legal y práctica para la puesta en marcha de un cultivo asociativo”, con los siguientes contenidos:




1. Bases legales.

1.1 Legalidad y jurisprudencia.

1.2 Normas básicas.

1.3 Estatutos.

1.4 Régimen interno.

1.5 Relación con administraciones públicas y prensa.


2. Cómo crear un club de consumidores.

2.1 Funcionamiento de una asociación.

2.2 Pasos a seguir.

2.3 Sin ánimo de lucro.


3. Información a tener en cuenta.

3.1 Sede social.

3.2 Modo de funcionamiento.

3.3 Cultivos.

3.4 Compra conjunta de material.

3.5 Dispensación.

3.6 Uso terapéutico.

3.7 Intervenciones policiales.

3.8 Activismo.


4. El futuro de los Clubes Sociales de Cannabis



Después van una serie de documentos anexos:

Estatutos de Pannagh.
Régimen interno de la asociación MACA.
Modelo de condiciones de la actividad de cultivo privado de cannabis
Modelo de contrato de previsión de cultivo
Modelo de hoja de inscripción
Modelo de autorización para recogida delegada
Auto de archivo del caso Pannagh
Sentencia del caso ARSECSE
Sentencia del caso ARSEC
Resumen del informe de Muñoz y Soto
Propuesta de modelo legal para el cannabis en el estado español

CONSUMO RESPONSABLE

1. Consejos para un consumo responsable
         El cannabis es una sustancia psicoactiva. Además de ser, desde un punto de vista medicinal, sedante y relajante, está considerada como enteógena. Así que su consumo, al igual que el del resto de sustancias de este tipo, debe desaconsejarse en personas cuando existen factores psicológicos que entrañen un riesgo, y la etapa de la adolescencia constituye, de por sí, uno importante. El consumo excesivo de cannabis, sobre todo en edades tempranas, puede desencadenar problemas de muy diversa índole.
Si no te sientes cómodo o no estas seguro, aunque en tu entorno se consuma, es preferible que esperes un tiempo.
El hachís o la marihuana modifican tu capacidad de concentración, ten esto presente si fumas antes de ir a la escuela, al trabajo o si vas a conducir.
Si no eres un fumador experimentado, no es una buena idea combinar el fumar con la toma de cualquier clase de bebida alcohólica. El alcohol puede suprimir algunos efectos del hachís o la marihuana y convertir la experiencia en un bajonazo depresivo.
Cuando comes pastel de hachís o marihuana es difícil calcular la dosis. Comienza comiendo un pequeño trozo. El efecto puede tardar en aparecer de cuarenta y cinco minutos a una hora y media. Espera que surta efecto antes de comer más, si no, puedes pasarte y los efectos no serían los deseados.
El hachís o la marihuana que fumas puede que en determinado momento no te sienten bien. Esto puede conducirte a la náusea o a la ansiedad. Encuentra un lugar tranquilo y relajado, y come o bebe algo dulce. Que no cunda el pánico. En media hora, lo peor habrá pasado.
Si tomas cualquier clase de medicación consulta a un doctor antes de fumar hachís o marihuana. No fumes si estás embarazada. Si no te sientes bien física o psíquicamente no deberías fumar. 

2. Protección del cultivador

 No olvides estos consejos si tienes plantas de Marihuana en tu casa.

-Si la policía incauta tus plantas, debes pedirles que no las pesen si no está tu abogado presente (y si no tienes uno a quien llamar en ese momento, que esperen a que lo tengas, es tu derecho).
-A la hora de pesarlas, que el abogado se asegure de que sólo se pesa el material fumable (hojas y cogollos) y no ramas, tallo o raíces. Además, sería un puntazo que consiguiera que esperasen a que secase la hierba, lo más posible ya que al perder la humedad disminuye el peso de la hoja hasta en dos terceras partes.
-Si plantas en exterior, cuenta como atenuante que el terreno en el que estén las plantas esté vallado para que las plantas no puedan acabar en manos de terceras personas.
-Si encuentran en tu casa determinadas cosas (báscula, bolsitas de plástico, etc.) lo tomarán como un indicio de que traficas.
-Si plantáis entre varios muchas plantas, debéis estar dispuestos a compartir la responsabilidad en caso de marrón, no dejéis que sea uno sólo (normalmente el dueño de la casa o el terreno) el que cargue con el muerto.
-Es mejor prevenir que curar. Camufla bien tus plantas (especialmente si las cultivas en una terraza o un jardín). Recuerda que la mayoría de las actuaciones policiales vienen precedidas del chivatazo de algún vecino rencoroso o intolerante.
Para el autocultivo es importante saber que no existe una cantidad mínima de plantas que se permita tener. El problema para los cultivadores es que muchas veces un número reducido de plantas da un peso muy sospechosos (por ejemplo, siete plantas pueden sumar cuarenta kilos). Esto ocurre porque muchas veces se pesa el tallo, las raíces, y si te descuidas, te cargan también el peso de la maceta. En caso de que el peso sea mucho, el fiscal solicitará al juez el inicio de un proceso por tráfico de drogas. Si no tenéis antecedentes, ni dinero negro, ni cosas raras, la misma investigación llevará al juez a determinar el archivo de la causa sin llegar a juicio en la mayoría de las ocasiones.
Eso sí, a diferencia de lo que ocurre en el caso de las sanciones por tenencia ilícita, puede ocurrir que el cultivador sea detenido, fichado y pase algunas horas en comisaría. Si eso ocurre, calma, saldréis en seguida. Si se llega a esta situación, recordad este consejo de Homer Simpson: “si no sabes muy bien qué decir, mejor no digas nada y así al menos no empeorarás las cosas”.

  
Aqui van unos consejos para el caso de que te pare la guardia civil en la carretera o la policia por la calle y por si, al final, te ponen la multa:
En primer lugar, no ponerse nervioso, hay que tener en cuenta que para que te registren es necesario que los agentes aprecien una actitud sospechosa por tu parte, lo que puede ser claro cuando te estas fumando un peta, pero no en los demas casos.
Si te lo estas fumando, y aún no te han visto, tiralo por ahi y di que no es tuyo, si te preguntan.
Los agentes pueden detenerte, es decir, llevarte al cuartelillo, solo si creen que se esta cometiendo un delito (vendiendo) o si no llevas el DNI y así proceder a tu identificación. En los demás casos no te pueden detener, aunque te pongan la denuncia.
Normalmente suelen pedir que te vacíes los bolsillos, en ese caso, ya que no pueden registrarte a saco así por el morro, te sacas lo que no sea comprometedor (lo mejor es llevar los papelillos escondidos o en la cartera, por razones obvias).
Si, posteriormente te encuentran algo de material, las consecuencias no serán peores que si te lo sacas de primeras, por mucho que amenacen con el “si no va a ser peor”.
Si después de todo te ponen la multa, y te preguntan si tienes algo que alegar, di que no. (las alegaciones se harán después, cuando llegue, si llega, la notificación de iniciación del expediente sancionador) y aunque te insistan, no firmes nada. Puedes pedir copia del acta, pero no la pidas, aunque lo mas seguro es que te la den, si lo hacen, pues la aceptas.
Lo más importante de todo, y aunque pueda parecer evidente, es NO AUTOINCULPARSE, es decir, nunca decir que lo que te pillan es costo o hierba tuyos (lo que no quiere decir que digas que es de otros, claro) que te vas a fumar en tu casa, que el consumo no es delito, que no se hace daño a nadie, que injusto que por unos porros te hagan eso… Aunque sea verdad, estas cosas solo pueden ir en contra de las posteriores alegaciones. Solo se debe decir que el cannabis es tuyo en los casos de tenencia lícita, es decir, tenencia por prescripción medica que puedas acreditar, lo que creo que son pocos casos.
Todo esto es porque hay que tener en cuenta que en las alegaciones se va a empezar diciendo que eso no es cannabis, solicitando el análisis y el porcentaje de THC. Que no había actitud sospechosa. Que no se lesiona la salud publica ni la seguridad ciudadana.
Toda declaración del multado admitiendo los hechos que puedan desvirtuar las antedichas alegaciones puede ir en nuestra contra, y el órgano puede estimar innecesarias ciertas pruebas, por haber sido admitido por el inculpado que era hachis, que era suyo, que se estaba fumando un peta, etc.
Mientras que en caso de que neguemos los hechos en las alegaciones, la Administración estará obligada a probarlos. Además podremos impugnar en el caso de que no las realicen, lo que puede ser causa de estimación del recurso que interpongamos, tal y como establecen diversas sentencias.
Recuerda que tienes ciertos derechos ante la detención


Consejos extraidos de: 

www.amigosdemaria.com

 

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